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¿Qué es el Modelo 179 de Hacienda y cómo te afecta si eres propietario?

El BOE del 30 de mayo de 2018 recoge los detalles de la declaración que deberán presentar TODOS los intermediarios en el alquiler vacacional (agencias del alquiler, channel managers, gestores, plataformas, etc.). Se trata del Modelo 179.

Mediante este modelo informativo, la Agencia Tributaria recogerá datos relacionados con la cesión de viviendas con fines turísticos. Si eres propietario de una casa y la gestionas directamente no serás tú el que deba presentar la declaración, aunque sí serás responsable de que la información que nos aportes sea correcta y veraz.

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Ayuda para propietarios sobre la normativa andaluza de viviendas turísticas

Queremos recordarte que, si tienes una vivienda en Andalucía y quieres alquilarla para estancias cortas, la normativa vigente exige que debes inscribirla en el Registro de Turismo de Andalucía. Ten en cuenta que para la Junta toda estancia inferior a 2 meses convierte ese alojamiento en vivienda con fines turísticos.

Para registrarla, recuerda que:

– la vivienda debe disponer de cédula de habitabilidad

– tendrás que presentar una Declaración Responsable ante la Consejería de Turismo

– el número de registro obtenido deberás incluirlo en el anuncio del alojamiento. En tu panel de control podrás acceder al campo habilitado por Rentalia donde insertar este número. También, si sólo alquilas por periodos superiores a 2 meses deberás indicarlo en ese campo.

¿Cómo se cumplimenta y se presenta la declaración responsable para el ejercicio de la actividad?

En esta página de la Junta de Andalucía podrás encontrar toda la información sobre el registro. Pero además, gracias a un acuerdo de colaboración con Asesores-Consultores, gestores de licencias turísticas, puedes registrar tu vivienda turística sin preocuparte de nada.

Por ser cliente de Rentalia puedes disfrutar de un descuento en la gestión de cada licencia que te costará 50 €/inmueble + 21% IVA. Esta tarifa sólo incluye el trámite de alta en el Registro de Turismo de Andalucía una vez envíes a Asesores-Consultores el formulario de declaración responsable firmado, copia del DNI, de la cédula de habitabilidad, del título que acredite la posesión del inmueble y del documento que acredite la referencia catastral. El resto de documentación que pueda ser exigible por la normativa turística no se encuentra incluida en el servicio ofrecido.

Sólo tienes que ponerte en contacto con Asesores-Consultores indicando la referencia de tu alojamiento en Rentalia. Puedes hacerlo a través del email [email protected] o llamando al 952 609 525.

 

Nueva promoción para propietarios: ‘Pago Por Reserva’. Paga sólo por las reservas efectivas

Desde hoy tienes una nueva forma de anunciar tus alojamientos en Rentalia y su principal ventaja te va a encantar: ¡es gratis! Sólo te cobraremos una comisión en caso de que te consigamos reservas efectivas.

A la hora de publicar tu anuncio, la nueva promoción ‘Pago Por Reserva’ tendrá las mismas ventajas que la promoción Premium:

– Foto grande en listados

– Avisos por SMS al recibir contactos

– Posición ventajosa en los listados, sólo superada por los anuncios Platinum

Para publicar tus alojamientos con esta promoción solamente tendrás que marcar la opción ‘Premium/Pago Por Reserva’ cuando llegues a la página de nuestras promociones. Para recibir esas reservas tendrás que activar la Reserva Online.

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La Reserva Online te da control total sobre las reservas de tu alojamiento: tú decides el precio, la fianza, el anticipo que tendrá que pagar el viajero, los gastos extra, etc. Una vez que un posible huésped se interesa por tu alojamiento te enviará una pre-reserva y tú tendrás 24 horas para aceptarla o rechazarla. En ningún caso un viajero podrá reservar tu casa sin tu consentimiento.

Una vez que aceptes la reserva, el viajero tendrá que pagar el anticipo que tú hayas decidido (por ejemplo el 30%) y ahí se te aplicará la comisión de Rentalia y los gastos de gestión. El resto del anticipo, para darle mayor seguridad al viajero, se te entregará 48 horas después de que éste llegue a tu alojamiento. El resto de la cuantía del alquiler (el 70% restante en este ejemplo) lo pagará el viajero de la manera que tú decidas y cuando tú decidas.

Si tienes alguna duda por favor consulta las preguntas frecuente sobre la Reserva Online y la promoción ‘Pago Por Reserva’ o envíanos un email. Estaremos encantados de ayudarte.

 

Normativa de Asturias sobre pisos turísticos: requisitos y características

El Principado de Asturias ha lanzado durante el mes de septiembre la ley con la que, al fin, regulará los pisos turísticos. Toda vez que una vivienda se alquile a través de un canal de oferta turística y se alquile una vez al año tendrá que ser regulada por esta ley.

Esta nueva normativa diferencia dos categorías:

Viviendas Vacacionales: casas aisladas, chalets y villas. No podrán albergar más de 14 personas ni más de 7 habitaciones.

Viviendas de Uso Turístico: apartamentos o estudios en edificios de varias plantas. Lo que en otras normativas autonómicas se conoce como pisos turísticos.

Antes de iniciar la actividad, el propietario de la vivienda tendrá que presentar una declaración responsable (aquí te la puedes descargar en .pdf) ante la Administración con la siguiente documentación:

– Acreditación de disponibilidad de la vivienda y del cumplimiento de la normativa municipal.

Plano de distribución de la vivienda a escala 1/100 con la superficie de cada dependencia.

Cédula de habitabilidad.

Seguro de responsabilidad civil con una cuantía mínima de 150.250 euros sin que la franquicia sea superior a 602 euros.

Con esta documentación el propietario podrán inscribir la vivienda en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas del Principado de Asturias. Una vez obtenido el número de registro, éste deberá aparecer en toda publicidad que se haga de la vivienda.

Los requisitos que deben cumplir las Viviendas de Uso Turístico para operar en Asturias son:

– La vivienda debe estar suficientemente amueblada y dotada de electrodomésticos, así como de menaje y lencería. Además se garantizará la reposición de los enseres.

– Disponer de extintor y de luz de emergencia.

– Las habitaciones deben disponer de ventilación directa al exterior o a un patio no cubierto.

– Si la capacidad de la vivienda es de más de 6 personas deberá contar con 2 baños como mínimo.

– Queda prohibido alojar a más ocupantes de los que aparecen en la declaración responsable.

En caso de dudas sobre este nuevo decreto, la Dirección General de Turismo de Asturias pone a tu disposición el siguiente teléfono 985 106 436.

 

Nueva ley de pisos turísticos del País Vasco: características y declaración responsable

A lo largo del mes de agosto el gobierno del País Vasco ha lanzado su nueva ley de turismo en la cual por fin incluirán las viviendas de uso turístico.

Lo más destacado de esta ley es que está pendiente de desarrollo reglamentario en el que se incluirán categorías de alojamientos, distintivos y requisitos específicos exigibles. Lo que ha adelantado el Gobierno Vasco es que los pisos destinados a uso turístico deberán estar inscritos en un registro y contar con una declaración responsable de inicio de actividad turística.

Por ello, las viviendas para ser consideradas de uso turístico deben ser cedidas temporalmente, de forma reiterada o habitual y a cambio de contraprestación económica. Esta habitualidad se dará por hecho cuando se publicite la vivienda en cualquier soporte o medio, o cuando el alquiler sea igual o inferior a 31 días y éste se produzca 2 o más veces dentro del mismo año.

Declaración Responsable

Para no operar de forma clandestina, el propietario necesitará presentar una Declaración Responsable ante la Administración Turística del País Vasco. La documentación que debe acompañar esta Declaración es la siguiente:

– Cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación.
– Escritura de compra de la vivienda, contrato de arrendamiento o cesión o cualquier otro documento que acredite el derecho a disponer de la vivienda.
– Una copia del plano a escala de la vivienda o un dibujo de su distribución.
Fotografías del interior y el exterior de la vivienda.

Una vez presentada esta Declaración, la vivienda quedará inscrita en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Euskadi. El número de registro obtenido se debe incluir en cualquier anuncio que se haga de la vivienda.

Teléfono de consulta:

– Delegación de Gipuzkoa: 943 022 500
– Delegación de Araba: 945 017 770
– Delegación de Bizkaia: 94 403 14 00

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