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Que ver en León, San Marcos

Lugares imprescindibles en León y alrededores

León, ciudad estratégica en la historia y cruce de caminos, pasó de ser asentamiento de las legiones romanas a corte. Son muchos los reconocimientos de la ciudad de León a través de los siglos, cuna de dinastías y capital de reinos. Sin embargo, la León moderna se convierte año tras años en uno de los lugares más visitados de Castilla y León.

Este año, para mayor atractivo es, además, la capital gastronómica de España. Un fin de semana en León hará las delicias de los amantes de la cultura y del buen comer.

Qué hacer en León en un fin de semana

El centro histórico de León tiene un tamaño perfecto para recorrerlo a pie, no necesitarás transporte para visitar sus edificios más emblemáticos. Entre ellos, como primera parada te proponemos la Catedral. Es una verdadera joya de la arquitectura gótica, influenciada por las corrientes del arte francés que llegaron en el siglo XIII. Si destacable es su fachada con dos grandes torres flanqueando la bella portada, con sus vidrieras te quedarás con los ojos como platos. Son uno de los mejores ejemplos de vidriera policromada de la Edad Media no sólo en España sino también en Europa.

Otro de los edificios que dan carisma a León desde la época medieval es la Real Basílica Colegiata de San Isidoro. Fue construida en el siglo XI, aunque ha sufrido diversas modificaciones y cambios. El Panteón de los Reyes destaca por sus bellísimos frescos, algunos comparan esta obra con la mismísima Capilla Sixtina en relación a su época. Dentro de la Colegiata se pueden ver las antiguas portadas del edificio y varias salas museo. Entre los objetos más curiosos la inmensa veleta, original, del Gallo que estuvo hasta hace pocos años coronando el conjunto y el caliz de Doña Urraca, el mismísimo Santo Grial.

Que ver en León San Isidoro

Uno de los edificios más emblemáticos de León, San Isidoro (Foto: Paloma Lucas)

El Antiguo Convento de San Marcos es otro de los lugares más interesantes de León. Actualmente acoge un Parador y el Museo de la Ciudad. Sin duda, la fachada plateresca, sembrada de medallones con figuras de hombres ilustres es uno de sus principales atractivos artísticos.

No podemos olvidarnos del importante pasado romano de León, asentamiento de las legiones romanas gracias a las cuales todavía hoy podemos visitar parte de su muralla. Los vestigios de esta pertenecen a la segunda parte de la construcción, es decir, las murallas levantadas en el siglo III d.C. El paso de los romanos ha dejado algunas otras huellas como las termas legionarias en la actual Cripta de la Puerta del Obispo.

El Palacio de los Botines es visita obligada. Uno de los mejores ejemplos de arquitectura civil en la ciudad, erigido por Antonio Gaudí en el siglo XIX es una bella representación de castillo moderno.

Crucero de la Catedral de León

Crucero de la Catedral de León. (Foto: Paloma Lucas)

Capital gastronómica 2018

León es durante 2018 capital gastronómica de nuestro país, por ello, una de las mejores actividades para hacer durante un fin de semana es disfrutar de su gastronomía. El barrio Húmedo y el barrio Romántico con sus numerosos establecimientos, bares, mesones y tabernas harán las delicias de cualquier aficionado al arte del paladar. Tablas de quesos, cazuelitas o embutidos como la típica cecina llenarán las barras de estos locales invitando al visitante a disfrutar de los sabores leoneses.

Así que te proponemos el tapeo como actividad clave en tu escapada. La Casa de las Carnicerías será la sede de la capitalidad gastronómica donde tendrán lugar congresos, presentaciones, charlas…

Más historia y arte en León

Después del avituallamiento es un buen momento para conocer algo más sobre la historia de la ciudad en los diferentes museos que acoge. En el Palacio del Conde de Luna, un bonito edificio de época renacentista, se encuentra el centro de Interpretación de la Historia de la Ciudad. Junto a él, el museo Sierra Plambey recrea la vida social y los intereses decorativos de algunas familias aristocráticas leonesas, una forma distinta de conocer la etnografía local.

No olvidamos uno de los centros de arte contemporaneo más importantes de Castilla y León, el MUSAC. La obra arquitectónica de Emilio Tuñón y Luis Mansilla goza de un gran renombre y de varios premios europeos de arquitectura.

La Plaza Mayor, la Calle Ancha, el Palacio de los Guzmanes y mil y un lugares más harán de la estancia en León un fin de semana ideal. Echa un vistazo a las casas y apartamentos de alquiler vacacional en León para que puedas, tú también, planear un fin de semana lleno de gastronomía y arte.

Alrededores de León: la provincia

Si hay algo que distingue a la provincia de León es su importante patrimonio natural. Tanto es así que es la provincia española con un mayor número de reservas de la Biosfera o lo que es lo mismo, espacios naturales declarados de interés por la Unesco. León cuenta con siete zonas conviertiéndose así en la región del mundo con mayor concentración de entornos protegidos: el Alto Bernesga, los Ancares, Babia, el valle de Laciana, Los Argüellos, los Valles de Omaña y Luna y Los Picos de Europa conforman este impresionante mosaico natural.

Dentro de la Reserva de la Biosfera de los Argüellos se encuentra la Cueva de Valporquero, una formación geológica única creada gracias a la acción del agua en las entrañas de la tierra. La cueva, formada hace más de un millón de años, ofrece al visitante una inmersión en un mundo subterráneo decorado magistralmente gracias a la obra del agua. Este espacio natural insólito permite el acceso al viajero durante todo el año a través de rutas a pie en la parte alta de la cueva y cursos de aguas y espeleología en el nivel inferior.

Reserva de la Biosfera de los Argüellos

Reserva de la Biosfera de los Argüellos. (Foto: Paloma Lucas)

Pero además de la riqueza natural de las reservas de la Biosfera, hay otros entornos naturales e históricos destacables en León como las famosísimas minas romanas de Las Médulas en el Bierzo, donde el efecto de la explotación minera ha dejado paisajes fantásticos que podrían inspirar cualquier película de ciencia ficción.

La arquitectura popular y los pueblos con presencia son otros de los atractivos de la provincia. Pequeños pueblos como Castrillo de los Polvazares son el mejor ejemplo de la sorprendente arquitectura tradicional en piedra, recurso que ha permitido la declaración de Conjunto Histórico Artístico a la localidad. No nos olvidamos de dos grandes localidades como son Ponferrada y Astorga, lugares ideales para disfrutar de una escapada de fin de semana.

Ayuda para propietarios sobre la normativa andaluza de viviendas turísticas

Queremos recordarte que, si tienes una vivienda en Andalucía y quieres alquilarla para estancias cortas, la normativa vigente exige que debes inscribirla en el Registro de Turismo de Andalucía. Ten en cuenta que para la Junta toda estancia inferior a 2 meses convierte ese alojamiento en vivienda con fines turísticos.

Para registrarla, recuerda que:

– la vivienda debe disponer de cédula de habitabilidad

– tendrás que presentar una Declaración Responsable ante la Consejería de Turismo

– el número de registro obtenido deberás incluirlo en el anuncio del alojamiento. En tu panel de control podrás acceder al campo habilitado por Rentalia donde insertar este número. También, si sólo alquilas por periodos superiores a 2 meses deberás indicarlo en ese campo.

¿Cómo se cumplimenta y se presenta la declaración responsable para el ejercicio de la actividad?

En esta página de la Junta de Andalucía podrás encontrar toda la información sobre el registro. Pero además, gracias a un acuerdo de colaboración con Asesores-Consultores, gestores de licencias turísticas, puedes registrar tu vivienda turística sin preocuparte de nada.

Por ser cliente de Rentalia puedes disfrutar de un descuento en la gestión de cada licencia que te costará 50 €/inmueble + 21% IVA. Esta tarifa sólo incluye el trámite de alta en el Registro de Turismo de Andalucía una vez envíes a Asesores-Consultores el formulario de declaración responsable firmado, copia del DNI, de la cédula de habitabilidad, del título que acredite la posesión del inmueble y del documento que acredite la referencia catastral. El resto de documentación que pueda ser exigible por la normativa turística no se encuentra incluida en el servicio ofrecido.

Sólo tienes que ponerte en contacto con Asesores-Consultores indicando la referencia de tu alojamiento en Rentalia. Puedes hacerlo a través del email [email protected] o llamando al 952 609 525.

 

Decreto andaluz de viviendas turísticas: principales dudas y requisitos

Hola!

La Junta de Andalucía ha publicado recientemente el Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos (pdf), con el que se regulan las viviendas turísticas.

Ante las dudas de algunos propietarios vamos a tratar de explicar los principales puntos de este nuevo decreto.

Definición de ‘Viviendas con fines turísticos’

Son aquellas ubicadas en suelo de uso residencial que ofrecen, mediante precio, el servicio de alojamiento con fines turísticos. Se les presume esta finalidad siempre que sea comercializada en canales de oferta turística.

Las viviendas con fines turísticos no podrán tener una capacidad superior a 15 plazas y ninguna habitación podrá tener más de 4 plazas.

Quedan, por tanto, excluidas de este decreto:

– Las viviendas que se cedan sin contraprestación económica.
– Las viviendas que se alquilen por dos meses, o más, seguidos a la misma persona (se entiende como alquileres residenciales).
– Conjuntos de 3 o más viviendas de un mismo propietario situados en un radio de máximo 1 km (se les considera ‘Apartamentos turísticos’ y se regulan con otro decreto).

Requisitos

Las viviendas con fines turísticos deben cumplir los siguientes requisitos:

1) Disponer de licencia de ocupación.

2) Ventilación directa al exterior (o patios) en las habitaciones y algún sistema de oscurecimiento de las ventanas.

3) Estar suficientemente amuebladas, acorde al número de plazas de que dispongan.

4) Las habitaciones y salones tendrán que contar con refrigeración por elementos fijos si se alquilan de mayo a septiembre, y con calefacción si se alquilan de octubre a abril.

5) Botiquín de primeros auxilios.

6) Disponer de información turística de la zona.

7) Disponer de Hojas de Quejas y Reclamaciones a disposición de los viajeros.

8) Limpieza a la entrada y salida de nuevos clientes.

9) Ropa de cama y menaje de casa en general, así como un juego de reposición.

10) Facilitar a los viajeros un número de teléfono para resolver incidencias.

11) Disponer de información e instrucciones de los electrodomésticos a disposición de los viajeros.

12) Informar a los viajeros de las normas internas de la vivienda.

Formalización de contrato

A la entrega de llaves propietario y viajero firmarán un contrato de arrendamiento (aquí puedes ver algunos ejemplos) en el que debe constar al menos: nombre del propietario, número de inscripción de la vivienda con fines turísticos, el número de personas que ocuparán la casa, fechas de entrada y salida, el precio total de la estancia y el número de teléfono para resolver incidencias. El viajero tendrá la obligación de entregar su documento de identificación.

La hora de entrada y salida puede ser pactada entre propietario y viajero. Si no se hubiera pactado nada, se presume que la hora de entrada son las 16:00 horas y la hora de salida son las 12:00 horas.

Reserva y precios

Las condiciones de precio, anticipos y cancelaciones se regirán según lo expresamente pactado entre ambas partes y debe ser detallado antes de la contratación.

En todo caso, el precio incluirá los gastos de agua, electricidad, calefacción, refrigeración, limpieza de entrada y el uso de sábanas, toallas y menaje.

La reserva, en caso de que no se haya pactado expresamente, no puede superar el 30% del total de la estancia, y el propietario deberá ofrecer al viajero un justificante de que la ha recibido. En caso de cancelación, y también si no se ha pactado expresamente otra cosa, si el viajero anula la reserva con menos de 10 días de la fecha de entrada el propietario podrá retenerle el 50% del anticipo; el 100% en caso de que la anulación sea con menos de 10 días.

Inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía

Para inscribir la vivienda en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA) el propietario debe formalizar la correspondiente declaración responsable (identificación del propietario, referencia catastral, etc.) en la que manifiesta que cumple con los requisitos.

A partir de ese momento ya puede anunciarse el alojamiento como ‘Vivienda con fines turísticos’ y en toda publicidad debe mostrarse el número de inscripción que le otorgue el RTA.

En el caso de no cumplir alguno de los requisitos el RTA otorga un año de plazo al propietario para corregir esa situación.

El Decreto entra en vigor el 11 de mayo de 2016 pero desde este mismo momento las viviendas ya pueden registrarse en el RTA.

 

Legalidad del alquiler vacacional en la Comunidad Canaria

Artículo escrito por Pedro Hernández, Abogado y exsecretario de la Cámara de la Propiedad Urbana

La LAU (Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos) establece el régimen jurídico aplicable a los arrendamientos de fincas urbanas que se destinen a vivienda o a usos distintos del de vivienda. Si como dueño/casero/arrendador simplemente te limitas a poner a disposición del inquilino un inmueble (piso, apartamento, chalet, bungalow , etc.) aunque sea amueblado, se tratará de un contrato de arrendamiento sometido a la LAU y al Código Civil. Esto conlleva dos supuestos:

– El primer supuesto: vivienda. Estaría incluido exclusivamente el arrendamiento cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.

– El segundo supuesto: uso distinto del de vivienda. Serían todos los demás arrendamientos, entre los que podría incluirse el alquiler para uso vacacional. Si además del inmueble proporcionas al inquilino otro tipo de servicios (limpieza del apartamento, lavado y planchado de ropa etc.) se trataría de algo distinto, un contrato de hospedaje ajeno a la LAU.

Sobre esta ley, de ámbito nacional, existen legislaciones particulares, que hacen que la legalidad del alquiler vacacional, se rija por diferentes leyes en función de la Comunidad Autónoma dónde de se encuentre ubicada la propiedad.

Legalidad del alquiler vacacional en la Comunidad Canaria

A pesar de lo que expone la LAU, en el Archipiélago Canario, conforme la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias, se considera alojamiento turístico cuando se oferte en libre concurrencia la estancia en el establecimiento de forma temporal, sin constituir cambio de residencia para la persona alojada. Esta definición limita ostensiblemente la contratación de arrendamientos fuera de esta normativa al considerarlos alojamiento turístico en la modalidad extrahotelera.

Los tipos de inmuebles que contempla esta ley son:

Apartamento, establecimiento extrahotelero compuesto por unidades de alojamiento dotadas del equipamiento e instalaciones necesarias para la conservación, manipulación y consumo de alimento (Cocina).

Villa, establecimiento extrahotelero compuesto por una o varias unidades de alojamiento de tipología edificatoria aislada, dotada de zonas verdes de uso privativo y del equipamiento e instalaciones necesarias para la conservación, manipulación y consumo de alimentos (Cocina).

Casa emblemática, establecimiento extrahotelero ubicado en inmueble situado en suelo urbano consolidado, no turístico, cuya edificación constituye un bien integrante del patrimonio histórico de la Comunidad Autónoma de Canarias, incluido en alguno de los instrumentos previstos en el artículo 15 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias o norma que la sustituya, y que está dotada del equipamiento e instalaciones necesarias para la conservación, manipulación y consumo de alimentos (Cocina).

Casa rural, establecimiento extrahotelero ubicado en un inmueble enclavado en suelo rústico, y cuya edificación constituye un bien integrante del patrimonio histórico de la Comunidad Autónoma de Canarias, incluido en alguno de los instrumentos previstos en el artículo 15 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias o norma que la sustituya, y que está dotada del equipamiento e instalaciones necesarias para la conservación, manipulación y consumo de alimentos (Cocina).

¿Cómo dar de alta un alojamiento turístico en la Comunidad Canaria?

Para destinar tu segunda vivienda a la actividad turística deberás seguir los siguientes pasos:

1 – Comunícalo al Cabildo Insular

2 – Presenta una declaración responsable en el Cabildo, haciendo constar que cumplirás los requisitos exigidos durante el tiempo en que desarrolles la actividad.

3 – Acompaña la solicitud de clasificación del establecimiento y el proyecto técnico básico o de ejecución. Operarás con esa clasificación hasta el momento en que se dicte la resolución de clasificación del establecimiento.

Una vez cumplidos estos pasos el cabildo insular te entregará las hojas de reclamaciones, el cartel anunciador de las mismas y el libro de inspección.

Por otro lado deberás cumplir una serie de requisitos: incluir un catálogo de servicios y equipamiento del alojamiento, inscribir a los inquilinos en el registro de usuarios (mencionando nombre, apellidos, sexo, fecha de entrada y salida…), firmar un documento de admisión con el inquilino donde se detallen horarios y precios, e incluir carteles de sensibilización medioambiental.

Para la promoción de los alojamientos turísticos la normativa canaria contempla que deberás informar de forma veraz de la categoría del alojamiento, así como de los datos identificativos de la empresa explotadora. Además, todos estos datos deben ser redactados en español y en otro idioma de libre elección.
¿Qué impuestos conlleva el alquiler vacacional?
La actividad del alquiler vacacional en la Comunidad Canaria conlleva los siguientes impuestos:
– El IRPF, deberás declarar los alquileres percibidos y podrás deducir gastos como: mantenimiento y sustitución, cuotas de Comunidad, amortizaciones, intereses de préstamos invertidos en la actividad, etc.

– El IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) que corresponde al IVA en el resto de España.

Desde Rentalia recomendamos a todos los propietarios que decidan destinar su segunda residencia al alquiler vacacional que efectúen la comunicación previa y la declaración responsable ante el Cabildo antes de iniciar la actividad turística.

Artículo escrito por:

Pedro Hernández @pholmolegal
Página web: Pedro Hernández  del Olmo, Abogado
Consulta teléfonica: 807 520 008  (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)

5 consejos para alquilar tu casa a turistas

Son normales las primeras reticencias para alquilar tu segunda vivienda cuando la tienes disponible, ya sea por tener que enfrentarte a la gestión del alquiler o por la sensación de “intrusión” en tu casa. Sin embargo, todo es más fácil y cómodo de lo que te puede parecer a priori y la rentabilidad de esta inversión es muy alta.

Si estás empezando en el sector del alquiler vacacional, nos gustaría darte algunos consejos para que todo te resulte más sencillo. Haz click en el enlace de cada consejo para verlo más detalladamente:

1. Establece el precio más adecuado

2. Sé cuidadoso con la logística

3. No le tengas miedo a los temas legales

4. Internet es tu mejor aliado para conseguir clientes

5. Cuida a tus inquilinos antes, durante y después de su estancia

1. Establece el precio más adecuado

No hay una ley universal para establecer el precio de un alojamiento vacacional, sin embargo hay varias pistas que te ayudarán a establecer el precio correcto.

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Para saber en qué rango de precios se mueve tu provincia a lo mejor te sirven de ayuda nuestros informes de precios. Igualmente haz un pequeño estudio de mercado con los alojamientos de tu zona. Compara capacidad, situación, calidades, etc…

Puede que te interese posicionar tu alojamiento en una franja de precios más exclusiva subiendo el precio, o buscar una ocupación constante durante todo el año bajándolo.

Establece precios según temporadas y según la cantidad de tiempo reservado. Al viajero le compensará y tú te asegurarás un periodo mayor de ocupación con un mismo inquilino (ajustar precios para estancias más largas).

2. Sé cuidadoso con la logística

La limpieza y el mantenimiento de la casa son muy importantes. En sitios bastante turísticos hay empresas que pueden solucionar la entrega de llaves y la limpieza. Si en la zona no hay empresas de este tipo, busca una persona de confianza que pueda encargarse de la limpieza y de la entrega y recogida de llaves.

Debes tener un contacto directo con quién se encargue de dichas tareas para poder subsanar cualquier cuestión que pueda surgir relacionada con el mantenimiento y la limpieza.

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Intenta que la decoración y el mobiliario sea vistoso y cómodo. Ten en cuenta que en las fotos de tu anuncio se verá la decoración que influirá en la decisión del viajero. Sentirse como en casa es una de las distinciones de las casas de vacaciones frente a las comunes decoraciones impersonales de los hoteles.

Un par de trucos a la hora de amueblar la casa:

– Si puedes elegir, que la cocina sea vitrocerámica ya que es más segura

– Un cubremesa es muy útil para viajero y propietario

– Los colchones deben llevar todos funda

– Si proporcionas toallas asegúrate de que sean suficientes para todos los inquilinos

– Incluye productos básicos de cocina: aceite, sal, azúcar, café…

Muchas veces los “extras” (como barbacoa, cuna, lavavajillas, futbolín, ping-pong, wi-fi gratis…) hacen que te puedas distinguir de la competencia y que el viajero se decida por tu alojamiento.

3. No le tengas miedo a los temas legales

Algunos procesos legales pueden parecer pesados en un principio pero comprobarás que los básicos puedes resolverlos en poco tiempo.

De acuerdo a la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) puedes destinar una vivienda al alquiler vacacional de forma ocasional. Recomendamos firmar un contrato de alquiler vacacional (ejemplos tanto de contrato de alquiler como de reserva) y reflejar los ingresos en la declaración del IRPF.
 

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Si ejerces la actividad de forma habitual, lo mejor es inscribir el alojamiento como apartamento turístico en las Consejerías de Turismo de cada Comunidad Autónoma.

Existen seguros especiales para las casas de vacaciones. En Rentalia tenemos un acuerdo con AXA para ofrecerte un 30% de descuento en su seguro del hogar especialmente diseñado para el alquiler vacacional.

4. Internet es tu mejor aliado para conseguir clientes

El sector del alquiler vacacional no es nuevo, ni mucho menos, pero con Internet está viviendo una auténtica revolución. Los turistas ya no buscan alojamientos en guías ni en periódicos. Lo hacen en Internet.

Haz que tu anuncio en Internet sea competitivo y muy visible. Centra tus esfuerzos económicos en conseguir que tu anuncio en Internet sea atractivo para los turistas. En este mismo blog puedes ver varios consejos para mejorar tu anuncio y conseguir más reservas

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Contesta rápidamente, por e-mail y por teléfono. Anunciando tu alojamiento en Internet tendrás que estar preparado para recibir muchas solicitudes vía e-mail. Los turistas siguen usando el teléfono, ya que es más inmediato, pero muchos de ellos harán un primer contacto a través del correo electrónico. Acostúmbrate a consultar el e-mail varias veces al día y a contestar con la mayor celeridad posible. Trasmitirás seriedad y profesionalidad.

En Rentalia el usuario puede ver en cada anuncio la tasa de respuesta y la tasa de velocidad. Se trata de dos indicadores que informan al viajero del tiempo estimado que tardará el propietario en contestar, así como del porcentaje de e-mails a los que responde.

5. Cuida a tus inquilinos antes, durante y después de su estancia

Da más de lo que esperan. Un inquilino satisfecho no dudará en recomendar tu alojamiento a todo el mundo. Lo puede hacer hablando con su pequeño círculo de amigos o publicando un comentario positivo sobre tu alojamiento en Internet ante una audiencia masiva.

En Rentalia contamos con más de 80.000 opiniones de viajeros y sabemos lo mucho que ayuda un inquilino contento a la promoción del anuncio.

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Mantén una comunicación fluida con el inquilino en el proceso de reserva, en el tiempo que se aloje en tu casa de vacaciones y en el proceso de devolución de fianza (“antes”, “durante” y “después”). Esto te servirá para evitar posibles desencuentros que desemboquen en opiniones negativas.

Desde Rentalia solicitamos a los viajeros que opinen pasados unos días de su estancia. Haz tú lo mismo si sabes que un inquilino ha quedado satisfecho. No dudes en pedirle que comente positivamente sobre tu alojamiento e incluso que suba fotografías.

Esperamos que estos consejos te ayuden a embarcarte en el alquiler vacacional de forma satisfactoria. No dudes en consultarnos si te surgen más dudas sobre el alquiler vacacional.

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